José Luis Ruiz es Asesor Laboral del sindicato UGT BALEARES de la delegación de Cala Millor. CM7 lo ha entrevistado para trasladarle algunas dudas y preguntas sobre el mundo laboral dada la situación de estado de alarma motivado por el virus Covid-19.
-¿Qué es un ERTE?
-Las siglas responden a Expediente de Regulación Temporal de Empleo., el/la trabajador/a pasa al desempleo durante el tiempo que se haya considerado que la actividad estará frenada.
-¿El/la trabajador/a tiene que hacer algún trámite?
-No. La empresa informa en la aplicación del ERTE de los trabajadores afectados y el Servicio Público de Empleo (SEPE) tramita sus prestaciones.
-¿Hay que tener un mínimo cotizado para cobrar el paro?
-No. Con la legislación previa era necesario, pero en el conjunto de medidas laborales que aprobó el Gobierno esta semana se ha eliminado este requisito. “Todos los afectados podrán cobrar el desempleo, aunque no hayan cotizado el periodo mínimo necesario para ello”. Y la gran pregunta es ¿Cuánto se cobra y cuanto se cotiza? El 70% de la base de cotización con base en un cálculo con los 180 últimos días cotizados, o menos si no se llega a esa cantidad, la cotización será del 100%.
-¿Qué pasa con los trabajadores con un contrato de trabajador del hogar?
-Se crea una prestación por desempleo extraordinarió para os trabajadores/as del hogar equivalente al 70% de su base de cotización.
-¿Y si mi contrato es eventual?
-Se ha aprobado una ayuda equivalente al 80% del IPREM que está valorada en aproximadamente un 440€ mensuales.
-¿Qué Ayudas se han establecido para facilitar y minimizar los imprevistos que causa esta situación?
-Desde el gobierno se han aprobado varios Reales Decretos por los que se dictan las siguientes ayudas: Si eres inquilino te puedes beneficiar de las siguientes medidas: Se suspenden los desahucios para las personas vulnerables durante los próximos 6 meses y se aprueba un prórroga de los mismos contratos que estén próximos a su vencimiento. Se conceden micro crédito a este ISMO colectivo con interés 0% a devolver en 6 años prorrogables a 10 años. Con esta medida se pretende que los pequeños propietarios de menos de 10 viviendas reciban íntegramente las rentas mientras que los grandes propietarios y fondos buitre deberán asumir parte del impacto efectuando quitas del 50% o reestructurando el alquiler a pagar en 3 años. El estado se hará cargo de las deudas de todos los inquilinos en situación de vulnerabilidad.
-¿Puden suspender los suministros básicos del hogar?
-Quedan prohibidos los cortes de suministro de luz y agua en la vivienda habitual mientras esté en vigor el estado de alarma. Al mismo tiempo se amplía el bono social para las personas que queden en situación de vulnerabilidad.
-¿Qué pasa con el pago de las hipotecas?
-Se amplía a tres meses la moratoria en el pago de la hipoteca para aquellas personas que hayan perdido sus empleo o se hayan visto afectadas por el ERTE.
-¿Qué ocurre con las víctimas de la violencia de género?
-Se garantizan como servicios esenciales los servicios de atención a las víctimas de explotación sexual y se amplía la ayuda a las víctimas de violencia de genero entre estas medidas encontramos una ayuda de 600 millones de euros para reforzar los servicios sociales de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos. Además de la protección de los suministros de luz agua, gas y los servicios de telecomunicaciones. Al mismo tiempo se garantiza una solución de habitabilidad segura a través de alojamientos en hoteles en el caso de que los servicios de acogida no tengan disponibilidad.
-¿Y con los/as autónomos/as que ocurre en estos casos?
-Queda aprobada una moratoria en el pago de la cotización durante seis meses sin intereses, el aplazamiento del pago de las deudas con la seguridad social hasta el 30 de junio y moratorias para los días trabajados a interés 0%
-¿Y si tenía un vuelo comprado y previsto para estas fechas?
-En el caso de vuelos combinados cancelados, existe la posibilidad de un bono para ser utilizado en el plazo de un año por el consumidor y si no fuese utilizado por la devolución de lo pagado.
-¿Qué pasa con las prestaciones por desempleo?
-El ministerio de trabajo informo que quedan suspendidos los plazos establecidos para solicitar subsidios mientras dure el estado de alarma.
-¿Qué ocurre si extinguen un contrato alegando que no se ha superado el periodo de prueba?
-En este caso estas siendo víctima de un despido improcedente y necesitaras denunciarlo ante inspección de trabajo para reclamarlo judicialmente.
-¿Qué ocurre con los que ya se encontraba en el paro con anterioridad, como se debe sellar?
-La oficina de empleo actuara de oficio y sellara automáticamente y renovara tu demanda. Te enviaran un correo con tu nueva tarjeta de demanda en la que figurara tu nueva fecha en la que tendrás que renovar.
-¿Qué ocurre si durante la vigencia del ERTE se llegase a iniciar una suspensión por nacimiento o cuidado de un menor?
Se suspenderá el pago de la prestación por desempleo y empezara a cobrar la prestación por maternidad o paternidad gestionada directamente por la seguridad social. Una vez termine la prestación por maternidad o paternidad, se reanudara la prestación por desempleo durante el periodo que le quedara por percibir y la cuantía que te corresponda en el momento.
-¿Qué ocurre si declaran un ERTE y un trabajador se encuentra de baja por embarazo o riesgo durante el embarazo?
Se continua cobrando la baja por a mutua o la Seguridad social. Y una vez estés de alta si continua el ERTE deberás solicitar su anexión y unirte a él. ¿En qué cambian las reducciones de jornada tras el real Decreto del 14 Marzo? Se comunicaran con un mínimo de 24 horas (antes 15 días), la reducción podrá ser de un 100% (antes hasta el 50%), también se hacen extensivas para el cuidado de familiares hasta segundo grado aun q realice un actividad retribuida (antes NO)
-¿Qué pasa si declaran un ERTE en la empresa y se esta de permiso por cuidado de un lactante?
Que se entraría en el ERTE y una vez pasado el tiempo e incorporado/a la empresa te podrás tomar dicho permiso, en el caso de no haberlo disfrutado ya hasta los 9 meses del/la menor o hasta los 12 meses según la aplicación del Real Decreto 6/2019.
Te recordamos que la sede del SINDICATO UGT BALEARES se encuentra en Cala Millor en la Calle De’n Rafelet ,27.
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Gracias por todo José Luis.Siempre manteniendo informados a los compañeros y amigos.Cuidate mucho.Un fuerte abrazo